domingo, 18 de diciembre de 2011

Autoridad Sanitaria Decreta Nueva Normativa de Turnos de Farmacias de 24 Horas.

 Medida de Carácter Obligatorio rige a contar del lunes 19 de diciembre del 2012


 


Seremi de Salud Metropolitana, anunció que todas las comunas de la Región, deberán tener una farmacia de Turno las 24 horas.

La Seremi de Salud Metropolitana, Rosa Oyarce comunicó que todas las comunas de la Región, deberán tener, al menos, una farmacia de turno las 24 horas.

La Secretaria Regional Ministerial de Salud R.M., Rosa Oyarce, informó que “actualmente existen turnos de urgencia en el sector oriente de la capital, pero éstos no son suficientes para cubrir la necesidad de medicamentos a otras comunas”.

La Seremi de Salud recalcó que “nuestro compromiso es confeccionar un sistema de turnos que garantice el funcionamiento de las farmacias todo el día y toda la noche y, de esta manera, se vele por el derecho a la salud de las personas de todos los sectores de nuestra Región Metropolitana”.

La legislación vigente faculta a La Autoridad Sanitaria a establecer los turnos semestrales en conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo N°466/84, Art. 41, 42, que aprueba el “Reglamento de Farmacias, Droguerías, Almacenes Farmacéuticos, Botiquines y Depósitos Autorizados”.

El calendario de turnos del primer semestre del 2012, tendrá farmacias en los lugares que tengan problemas de venta de medicamentos, dejando a la población cubierta en lo que respecta a ellos.

Este año 2011, hasta la fecha, se han cursado 111 sumarios sanitarios a farmacias por infracción a la norma sanitaria por diversas infracciones, entre ellas, la ausencia de su Director Técnico (Químico Farmacéutico que debe estar presente en el recinto) y por venta de medicamentos que requieren receta retenida sin la documentación exigida.

Cerca de 1500 farmacias funcionan actualmente en la Región Metropolitana, establecimientos fiscalizados por medio de un programa anual de la Seremi de Salud y, que en el caso de no cumplir con la norma sanitaria, arriesgan una multa que podría llegar a las 1.000 UTM.
Rosa Oyarce, formuló un llamado a las personas a “denunciar las infracciones a la normativa sanitaria, a través de las Oficinas de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS), al fono Salud Responde del Ministerio de Salud. (600 360 77 77) o en el sitio web de la Seremi de Salud R.M. www.asrm.cl

Por otro lado, los trabajadores de farmacias dicen desconocer la información, que nadie les ha informado nada y que sólo ahora se enteran por la prensa.
Si bien reconocen valorar la medida ya que garantizará el acceso a medicamentos a toda la población que la necesite en el momento oportuno, muestran preocupación por el sistema de turnos, por su seguridad, por las horas de descanso entre un turno y otro, por el pago de horas extras correspondientes, etc.

Abogados especializados señalan que lo más importante es que no se vulneren derechos laborales tales como:

El Sistema de Turnos debe estar contemplado en el Reglamento Interno.
El Trabajador debe tener un Descanso de al menos 10 horas entre un turno y otro.
El Trabajador que realice un Turno Nocturno debe necesariamente tener Libre al día siguiente (En realidad es el mismo día).
No debe trabajar más de seis días seguidos.
Debe tener libres al menos dos domingos al mes.

En el caso de los profesionales Químicos Farmacéuticos que tienen cargos de confianza del empleador y que tienen contratos de acuerdo al artículo 22 inciso 2° del código del trabajo se encuentran excluidos del límite de la jornada de trabajo.
No obstante, mantienen el Derecho Adquirido de No Trabajar Domingos ni Festivos y Turnos Nocturnos.
 
Fuente Autoridad Sanitaria