viernes, 25 de enero de 2008

Farmacia Ahumada Impone Unilateralmente Nuevo Anexo de Contrato a Trabajadores de la Compañía.



Publicado en página web del Sindicato de Trabajadores de Farmacias Ahumada Sindicato de Trabajadores de Farmacias Ahumada


Colegas:

Nos dirigimos a ustedes para informar los últimos detalles del sistema piloto. Próximamente, según lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos y Sub Gerencia de Operaciones, se presentara un anexo de contrato el cual todo trabajador es libre de aceptar o rechazar. de rechazar este nuevo sistema de comisiones el trabajador seguirá con las mismas condiciones de hoy. La Gerencia de Recursos Humanos, se comprometió en hacernos llegar el nuevo anexo de contrato para revisarlo y de esa forma poder orientar a nuestros socios.

Ante cualquier duda, sugerimos consultarnos y así poder orientarlos a tomar la decisión mas apropiada.

La Directiva.

miércoles, 16 de enero de 2008

Educación Laboral: El Permiso de Alimentación y Restricciones en las Funciones durante el Embarazo

En Permiso de Alimentación encontrarás respuesta a consultas como:
¿Cómo puede ejercerse el derecho a disponer de una hora al día para alimentar a los hijos menores de dos años?.

¿Puede disponer la trabajadora del permiso de una hora al día para alimentar al hijo si éste permanece en su hogar o en otro sitio?.

¿En qué circunstancias el empleador debe pagar a la trabajadora el valor de los pasajes por el transporte que se use para concurrir a la sala cuna?.

¿El tiempo ocupado por la trabajadora para trasladarse a la sala cuna para dar alimento a su hijo se agrega a la hora que dispone para tales efectos?.

¿El tiempo de permiso para alimentar a los hijos en sala cuna aumenta si se tiene más de un hijo en el establecimiento?.
Por otro lado en Restricciones en las funciones durante el Embarazo se desarrollan respuestas para estas y otras interrogantes:
¿Cuándo el empleador se encuentra en la obligación de trasladar a la trabajadora embarazada a un trabajo que no sea perjudicial para su estado de salud?.

¿Cuándo la trabajadora debe ser cambiada de funciones por estar embarazada el empleador debe mantenerle sus remuneraciones?.

¿Qué se entiende por horario nocturno para determinar si la jornada laboral que realiza una dependiente embarazada es o no perjudicial para su salud?.

domingo, 13 de enero de 2008

Principales Transformaciones de la Reforma Previsional

1. Sistema de Pensiones Solidarias: La reforma crea un Sistema de Pensiones Solidarias que beneficiará a quienes, por diversas razones, no logran ahorrar lo suficiente para financiar una pensión digna.

Quienes no tienen ahorros previsionales e integran el grupo más vulnerable de la población, accederán a una Pensión Básica Solidaria (PBS) a partir del 1 de julio de 2008, con un valor inicial de $ 60.000 y que se incrementará a $ 75.000 el 1 de julio de 2009.

Para quienes hayan cotizado, existirá un Aporte Previsional Solidario que permitirá aumentar sus ingresos a quienes tengan pensiones hasta $ 70.000 en 2008. El aporte estatal se irá incrementando cada año hasta alcanzar su valor en régimen en 2012; ese año el Aporte Previsional Solidario beneficiará a quienes tengan pensiones inferiores a $ 255 mil.

En los primeros años, las pensiones solidarias se concentrarán en los pensionados de menores ingresos, para ir gradualmente alcanzando a las personas que integren un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población. En 2010 se estima que existirán más de 800 mil beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias, alcanzando en régimen (en 2012) en torno a 1,5 millones de personas.

2. Trabajadoras mujeres: Las mujeres serán las principales beneficiarias del Sistema de Pensiones Solidarias, ya que se estima que más de un 60% de las PBS serán percibidas por ellas. Se otorgará un bono por cada hijo nacido vivo, equivalente al 10% de 18 salarios mínimos y se establecerá la separación por género del seguro de invalidez y sobrevivencia. Ambas medidas mejorarán las pensiones de las mujeres.


3. Trabajadores independientes:
Se iguala su situación de derechos y obligaciones de cotización respecto de los trabajadores dependientes. También tendrán acceso a todos los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias, a la Asignación Familiar y podrán afiliarse a las Cajas de Compensación. Su afiliación obligatoria se alcanzará en forma gradual.


4. Trabajadores jóvenes:
Se crea un subsidio a las primeras 24 cotizaciones de los trabajadores entre 18 y 35 años que perciban ingresos inferiores a 1,5 veces el salario mínimo. Este subsidio permitirá fomentar el empleo juvenil, aumentar los empleos con contratos formales, e incrementar la cobertura y los fondos previsionales de los trabajadores jóvenes. Estará constituido por dos tipos de aportes: Un subsidio a la contratación, equivalente a un

50% de la cotización de un salario mínimo y un aporte directo a la cuenta de capitalización individual por el mismo monto. El subsidio entrará en vigencia 6 meses después de publicada la ley, estimándose que beneficiará a cerca de 300 mil trabajadores jóvenes en 2009.


5. Mayor competencia y menores costos en el sistema de AFP: Entre las diversas medidas que buscan este propósito, se cuenta la licitación de los nuevos afiliados. Esto significa que los nuevos trabajadores serán asignados, por hasta 24 meses, a la AFP que ofrezca la menor comisión en la licitación, lo que se estima disminuirá el valor de las comisiones cobradas por las Administradoras.

Se eliminan las comisiones fijas por cotización, retiros y por transferencia de saldo, de modo de facilitar la comparación de precios entre administradoras. Se independiza de las AFP la administración del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), realizándose una licitación de este seguro para todos los afiliados, independiente de la AFP en la que se encuentren.
También se incentiva la subcontratación de servicios por parte de las AFP (entre éstas la atención al público y administración de cuentas y de fondos) estableciéndose que el pago de IVA por estos servicios podrá ser utilizado como un crédito al impuesto de primera categoría.

6. Mayor rentabilidad de los fondos de pensiones: Se amplían las alternativas de inversión en Chile y en el exterior, lo que permitirá alcanzar mejores pensiones para los afiliados a las AFP. Se estima que un 1% de rentabilidad a lo largo de la vida activa aumenta en un 20% el monto de la pensión.

En el caso del límite de inversión en el exterior, se amplía hasta un 80%. Se flexibiliza el régimen de inversiones dejando sólo 5 límites establecidos por ley. Estas medida permitirá mejorar las combinación de rentabilidad y riesgo de los ahorros previsionales de los trabajadores.

7. Fomento al Ahorro Previsional Voluntario (APV): Se crea un mecanismo de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo, mediante el cual los ahorros realizados por los trabajadores son complementados por sus respectivos empleadores, mediante acuerdos entre cada empresa y sus trabajadores.

Se mantiene el actual beneficio tributario al APV, pero además se crea un nuevo incentivo al ahorro previsional voluntario dirigido a la clase media, que beneficiará a quienes perciban rentas de hasta 1, 5 millones mensuales. Esta medida, que podría beneficiar a cerca de 250 mil personas, consiste en una bonificación equivalente al 15% del monto ahorrado voluntariamente por el trabajador.

8. Pago por parte del empleador de la cotización al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: Se estableció que la cotización de este seguro sea de cargo del empleador, en el caso de los trabajadores dependientes. Al traspasar el cobro de la prima al empleador se otorga mayor poder negociador al demandante respecto del oferente del seguro, ya que serán menos los actores que deberán pagar la prima del seguro.

9. Nueva Institucionalidad: La Reforma Previsional incorpora nuevos beneficios, beneficiarios y partícipes del sistema que hacen necesario modificar la institucionalidad vigente, de modo de garantizar un otorgamiento eficientemente de los nuevos beneficios.

Para ello se crea el Instituto de Previsión Social (IPS), responsable de la administración del Sistema de Pensiones Solidarias, de los regímenes previsionales que administra el INP y de los Centros de Atención Previsional Integral. Estos Centros están destinados a prestar servicios de tramitación de beneficios del Pilar Solidario, así como garantizar la prestación de servicios esenciales de información del sistema de pensiones para todos los usuarios.
También se crea una Superintendencia de Pensiones, con facultades fiscalizadoras para resguardar el correcto funcionamiento del sistema, incluida la posibilidad de designar un “inspector delegado” que resguarde la seguridad de los Fondos de Pensiones ante eventos que los pongan en riesgo.

10. Participación de los Usuarios:
Se promoverá la participación en el sistema de pensiones, para lo cual se creará una Comisión de Usuarios, que estará integrada por pensionados, trabajadores, representantes de los organismos administradores del sistema y un académico –que la presidirá-, donde se recogerán las evaluaciones que efectúen respecto del sistema de pensiones.
Fuente: Superintendencia de AFP

Educación Laboral: El Permiso Paterno

Preguntas como:

¿Cuántos días de permiso pagado tiene derecho el trabajador que ha sido padre?.

¿Cómo se ejerce el derecho a los permisos pagados que le asiste al trabajador que ha sido padre?.

¿Deben indemnizarse los días de permiso por nacimiento de un hijo que no alcanza a utilizar el trabajador por terminar su contrato durante el período de permiso?.

¿A cuántos días de permiso pagado tiene derecho el trabajador a quien se le ha concedido la adopción de un hijo?.

¿Puede el trabajador que ha sido padre hacer uso del permiso por nacimiento de un hijo en una oportunidad distinta a la señalada en la ley cuando se encuentra haciendo uso de una licencia médica superior a un mes?.


Se responden en: Permiso Paterno

sábado, 12 de enero de 2008

Grandes Sindicalistas Chilenos y su pensamiento

Luis Emilio Recabarren

Educación Laboral: Descanso Maternal

Encuentra en Descanso Maternal la respuesta a interrogantes como:


¿En qué consiste el permiso prenatal prorrogado?

¿En qué consiste el descanso postnatal suplementario?


¿Cuándo procede el permiso por hijo menor de un año gravemente enfermo?

¿Cuándo procede el permiso por hijo menor de 18 años afectado por una enfermedad terminal en su fase final, o gravemente enfermo con probable riesgo de muerte?

¿La trabajadora tiene derecho al descanso postnatal si sufre la pérdida del hijo recién nacido o si éste nace muerto?



sábado, 5 de enero de 2008

Diputados Presentaron Proyecto de Ley que establece Sindicalización Automática.


La Reforma Constitucional fue presentada el 17 de Octubre y hasta ahora.... nada...

3 de Enero de 2008 El Mostrador


Presentan proyecto para establecer la sindicalización automática Iniciativa parlamentaria cuenta con el respaldo del ministro del Trabajo, Osvaldo Andrade. Un grupo de diputados de la Concertación, encabezados por Gabriel Ascencio (DC), Marco Enríquez–Ominami (PS) y Álvaro Escobar (Ind.), presentaron un proyecto de reforma constitucional que establece que por el sólo hecho de firmar su contrato de trabajo, el empleado pasará a formar parte automáticamente del sindicato de la empresa. Según explicó Ascencio, la propuesta busca enfrentar los problemas que enfrentan numerosos trabajadores para poder constituir un sindicato o afiliarse a este, "ya que los empleadores se lo prohíben expresamente hasta en los propios contratos o los amenazan con el despido". El parlamentario consideró que esta situación "ha traído como resultado que en nuestro país exista una muy baja tasa de sindicalización, que apenas alcanza al 12,2 por ciento de un total de más de 6 millones de trabajadores." Detalló que la propuesta establece que si una empresa cuenta con más de un sindicato y el trabajador no manifestara su voluntad por ingresar a alguno, pasará a formar parte del más antiguo. "Además, se señala que el trabajador no podrá pedir no formar parte del sindicato, (pero), en cualquier momento y sin expresión de causa, desafiliarse de la organización sindical que integra", precisó el parlamentario. "Nos parece que una norma como ésta constituye una ayuda para el trabajador que, por temor muchas veces, falta de información o simple falta de tiempo, no se sindicaliza. Es al mismo tiempo una señal potente del Estado de Chile en torno a fomentar la sindicalización", dijo. Por su parte, el ministro del Trabajo, Osvaldo Andrade, al referirse a este proyecto de ley señaló que "esta es una iniciativa que el año 2008 nos interesa destacar".

Reforma Constitucional que modifica el artículo 19 N° 19 de la Constitución Política, en orden a promover la libertad sindical y establecer la sindicalización automática de los trabajadores Boletín N° 5409-07

I – Antecedentes Generales.

1.- El derecho de sindicalización es el derecho que tienen los trabajadores del sector privado y de las empresas del Estado, el constituir, sin autorización previa las organizaciones sindicales que estimen conveniente, con la sola condición de sujetarse a la ley a y sus estatutos. La naturaleza del derecho de sindicalización es de tal relevancia que la Constitución Política lo garantiza expresamente en el artículo 19 número 19, inciso primero al disponer que la Constitución asegura a todas las personas: “El derecho a sindicarse en los casos y formas que determine la ley. La afiliación sindical será siempre voluntaria”.

2.- El derecho de sindicalización es una de las facetas que adopta el derecho de asociación. Ambos comparten una premisa que es básica: la constitución de agrupaciones persigue entre otras finalidades el logro de objetivos que sus integrantes serían incapaces de conseguir en forma individual. En el ámbito laboral, los sindicatos nacieron bajo la premisa de que los trabajadores al unir los esfuerzos podían conseguir mejores condiciones de trabajo (remuneraciones, prestaciones, beneficios, etc.) y un trato laboral más digno y justo.

3.- En virtud de lo analizado precedentemente, podemos de una manera bien simple expresar que un sindicato es “una agrupación de trabajadores que busca objetivos comunes, básicamente para mejorar las condiciones laborales”.

4.- Si examinamos detenidamente la legislación vigente, podemos encontrar que entre las finalidades que tienen las organizaciones sindicales, está la representación de los afiliados en las distintas instancias de la negociación colectiva, suscribir los instrumentos colectivos de trabajo que corresponda, velar por su cumplimiento y hacer valer los derechos que de ellos nazcan. (art. 221 nº 1 del Código del Trabajo).

5.- La Constitución Política de la República, en el artículo 19 Nº 16 en su inciso quinto, asegura a todas las personas, al negociar colectivamente con la empresa en que laboran, salvo los casos en que la ley expresamente no permite negociar. En este acápite, debemos manifestar que el contrato colectivo de trabajo, constituye una excepción al principio de la relatividad contractual, conforme al cual los contratos sólo rigen y por tanto son obligatorios entre las personas que concurren con su voluntad a la celebración del mismo, ya que en la negociación colectiva, los acuerdos adoptados en ella le son oponibles a los trabajadores aunque no hubieren estado trabajado al momento en que se acordaron los términos del contrato colectivo de trabajo.

II- El Nivel de Afiliación a las Organizaciones Sindicales. Datos y Explicaciones.

1.- Pues bien, en este punto resulta pertinente preguntarse cuál es el porcentaje de trabajadores que se sindicalizan e nuestro país. Para orientarnos tomaremos en cuenta los datos que tiene la Dirección del Trabajo al año 1999. Como se puede observar en el cuadro explicativo de la población afiliada a los sindicatos en Chile (Gráfico 1), el número de personas pertenecientes al sistema sindical aumentó cerca del 50% desde el año 1980 hasta 1999. Sin embargo, esta variación no ha demostrado una tendencia constante, ya que se observó un leve aumento a la población afiliada entre los años 1980 y 1981. Posteriormente, en los dos años siguientes se experimentó un descenso cercano al 10%. Desde 1985 hasta 1992 la población afiliada se incrementó en una tasa promedio de un 10%. Los años posteriores se experimentaron sólo descensos a excepción de 1996 donde se observó un leve aumento. El Gráfico 1, muestra que el año 1992 representa el número de población afiliada más alta, con un número de afiliados de 724.065. Posteriormente como ya se mencionó, esta población disminuyó considerablemente a tal punto que la población afiliada en 1999 era muy similar a la que existía en el año 1990. Con respecto al número de sindicatos (Gráfico 2), existe una tendencia al alza en todos los años, con excepción del año 1981 donde se visualizó un descenso del 13,5%. En los restantes años, el número de sindicatos se ha incrementado, llegando a 14.652 en el año 1999. El aumento en el número de sindicatos y la disminución en la población afiliada a éstos, permite detecta un fenómeno de separación o fragmentación de los distinto sindicatos, ya que es posible que los sindicatos compuestos por un gran número de personas hayan dado paso al surgimiento de sindicatos menores con intereses más específicos. GRÁFICO 1 GRÁFICO 2 FUENTE: WWW.DIRTRABAJO.CL (1999)

2.- En el trabajo efectuado por Hugo Yánez y Malva Espinosa, denominado “Sindicalismo en Chile, un acto que sobrevive contra viento y marea” del año 1998, resultado de diversos talleres de discusión, se advierte que una de las dificultades más importantes que enfrenta la sindicalización “proviene de las dificultades que tienen los propios trabajadores, es decir, de la base de la afiliación para los sindicatos. Este dato resulta interesante puesto que muestra una percepción de que los problemas de sindicalización se relacionan, no sólo y exclusivamente con factores de contexto, sino con factores internos de la misma orgánica sindical, los que sin embargo están influidos por el desconocimiento de las normas, las actitudes empresariales y el temor frente a la inseguridad.” Veamos una por una, tomando como base, el trabajo realizado por los autores Yánez y Espinosa:
“a) El desconocimiento de las normas. Dentro de estas dificultades provenientes de los trabajadores destaca, en primer lugar el desconocimiento de éstos con respecto a aspectos básicos para una acción sindical medianamente eficiente. Cabe señalar que, en general, este desconocimiento repercute, por una parte, sobre una fuerte desmotivación de aquellos trabajadores que fundaron o se afiliaron a algún sindicato cuando se percatan de que existe una asimetría entre su nivel de conocimientos y el del empleador y por otra, en una notoria falta de interés de los trabajadores no afiliados, por incorporarse al sindicato.
b) La falta de interés de las bases sindicales. La falta de interés de los trabajadores es el segundo obstáculo más mencionado, ligándolo a la falta de propuestas atractivas del movimiento sindical. La base sindical reacciona negativamente o castigando con su apatía e indiferencia la oferta deficiente del movimiento sindical. Otra explicación que dan los funcionarios para el desinterés de los trabajadores, es que éstos prefieren una relación directa con su empleador sin intermediarios, porque el sindicato es asumido por el trabajador más como un costo personal (que le puede costar el empleo) que como un beneficio. El trato directo y personal, en cambio, evita los riesgos que traería consigo la sindicalización e incluso, puede ser fuente de ventajas.
c) El individualismo y la falta de sentido de lo colectivo. En tercer lugar, dentro de las dificultades provenientes de los trabajadores, se menciona su falta de sentido de lo colectivo, en otras palabras, su individualismo. Esto ya viene siendo una situación generalizada en la sociedad chilena y afecta, en particular, a los trabajadores jóvenes. Esta tendencia dificulta el funcionamiento del sindicalismo, puesto que, precisamente, el sindicato es percibido como un espacio de encuentro, de agrupación y de acción colectiva
d) El temor a las consecuencias en el empleo. Pero no sólo desde los propios trabajadores se producen las dificultades para el desarrollo del sindicalismo. Otra opinión que repitieron con bastante frecuencia los participantes de los talleres es que la acción sindical debe superar el escollo de una mala predisposición del empleador hacia el rol del sindicato. En algunos casos, la actitud del empleador, sólo llega a eso: una mala predisposición o apatía hacia la organización de los trabajadores. En otros casos, los empleadores inician ofensivas explícitas en contra de un actor, que representa una suerte de “molestia” al interior de su empresa, llevando a cabo las llamadas prácticas antisindicales. La animadversión hacia el sindicato puede ser vista como fenómeno de una cultura empresarial específica, que no concibe aportes posibles del sindicato para la empresa y que, en realidad, lo considera una deslealtad o una disfuncionalidad.
e) Los cambios estructurales. Por último, con respecto a las dificultades para el sindicalismo, se piensa que influyen los cambios estructurales de las empresas. De manera, que es posible concluir con la percepción generalizada es que la debilidad sindical va, también, estrechamente unida con las dificultades de mantener una “masa crítica”, estable en el tiempo, de trabajadores miembros de un sindicato y con la creciente heterogeneidad e la formas de empleo de los trabajadores.”

3.- Como puede advertirse, estos estudios aunque sea del último decenio nos muestran que la libertad sindical debe ser promovida y reforzada para que las organizaciones sindicales puedan cumplir su fin último, que no consiste en ser adversario del empleador sino en buscar lazos laborales justos y equitativos con las personas que forman parte del eslabón del proceso productivo más sensible y a juicio nuestro, irreemplazable, los trabajadores.

III- Los Convenios 87 y 98 de la OIT en materia de Libertad Sindical.

1.- El Convenio de la OIT número 87 del año 1948, sobre libertad sindical y protección del derecho de sindicación proviene en su artículo segundo que “Los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tiene el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.”

2.- Por otra parte, el convenio de la OIT número 98 del año 1949, sobre el derecho de sindicación y e negociación colectiva, establece en su artículo primero que: “Los trabajadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de discriminación tendiente a menoscabar la libertad sindical en relación con su empleo.” Luego, el artículo segundo dispone que “Dicha protección deberá ejercerse especialmente contra todo acto que tenga por objeto: a) sujetar el empleo de un trabajador a la condición de que no se afilie a un sindicato o a la de dejar de ser miembro de un sindicato. b) Despedir a un trabajador o perjudicarlo en cualquier otra forma a causa de su afiliación sindical o de su participación en actividades sindicales fuera de las horas de trabajo, o con consentimiento del empleador, durante las horas de trabajo.”

3.- Si analizamos con detalle la norma del artículo 19 nº 19 de la Constitución Política, veremos que ella está redactada en términos muy genéricos, absteniéndose de consagrar constitucionalmente principio que están contenidos expresamente en las convenciones antes citadas. Es más, entrega a la ley los casos y formas en que puede ser ejercido este derecho, lo que a juicio nuestro es insuficiente. Asimismo, como se trata de una Constitución de corte neoliberal, se encarga de resguardar la voluntariedad de la afiliación a una organización sindical, y no en la protección a los trabajadores en el ejercicio de este derecho, lo anterior constituye una actitud apática de nuestro constituyente en lo que respecta al ejercicio de este derecho en materia laboral como es la libertad sindical.

IV- Beneficios o Ventajas de Fortalecer Los Sindicatos.

1.- Experiencia extranjera.
Las organizaciones sindicales constituyen una de las piedras angulares del sistema de relaciones laborales de los países desarrollados, lo que resulta consecuente con la extensa atención que la acción sindical ha despertado en el análisis económico en las últimas décadas. Uno de los factores básicos que determina el grado de presencia y la capacidad de maniobra de los sindicatos en el mercado de trabajo es la extensión de la afiliación sindical. Los factores que han gatillado el crecimiento y desarrollo de los sindicatos en los países desarrollados, fundamentalmente los europeos, y que tiene que ver con el número de adhesión que estos presentan, no dista mucho de lo que ocurre en la realidad chilena y que dicen relación fundamentalmente con características personales de cada trabajador, como son el lugar de trabajo, el sexo del trabajador, el nivel de su educación, el sector de actividad o el tamaño de la empresa, sin embargo, la evidencia obtenida ha demostrado que en países como el nuestro, por las características de los trabajadores y en particular del empleo, se privilegia la estabilidad laboral por sobre la afiliación sindical. La decisión de afiliarse a un sindicato por parte de un trabajador es el resultado de la evaluación de los costos y beneficios asociados a tal decisión. Únicamente en el caso de que los beneficios sean superiores a los costos se producirá la afiliación Entre los beneficios asociados a la sindicación cabe mencionar mejores condiciones laborales, en forma de mayores salarios o condiciones no pecuniarias más favorables, o una mayor protección del empleo para los miembros del sindicato. Entre los costos se encuentran tanto los costos monetarios asociados al pago de la cuota sindical, como los costos derivados de una posible estigmatización del trabajador. En algunos países, como España, el marco institucional determina que los principales resultados de la acción sindical, los contenidos pactados en la negociación colectiva, se extiendan por igual a todos los trabajadores del ámbito de negociación correspondiente, independientemente de su estatus sindical. Esta circunstancia da lugar a que los resultados de la acción sindical constituyan un bien público, y que existan incentivos por parte de los trabajadores para actuar como libremente, beneficiándose de la acción sindical sin incurrir en ninguno de los costos derivados de ella. Asimismo la creación de la Unión Europea, ha llevado aparejada la necesidad del fortalecimiento unidades sindicales de los países que la conforman, es así como los sindicatos han visto la necesidad de recurrir a alianzas internacionales para enfrentar de mejor manera los cambios al empleo que generó la unificación económica de Europa, lo que demuestra que los sindicatos de los países desarrollados han privilegiado o han preferido la adaptación de su estructura al nuevo mundo laboral frente a la posibilidad de desaparecer, previendo de esta manera la fragmentación de acción sindical adoptando objetivos y estrategias comunes de negociación y de coordinación transnacional, lo que demuestra la necesidad de unión frente al nuevo panorama que les ha tocado vivir.

2.- Ventajas comparativas de la sindicalización.
a)
La protección contra la discriminación o la pérdida de empleo.
b) Protección frente estigmatización que pueden sufrir los trabajadores en caso de sindicarse.
c) Defensa por parte de los sindicatos de los intereses de los trabajadores por un contrato indefinido o mejoras salariales.
d) Incentivos que pueden centrarse en el acceso a bienes o servicios privados exclusivos para los afiliados, como puede ser la provisión de asesoría legal gratuita a los miembros, sin embargo, dichos incentivo no tienen por qué limitarse a incentivos materiales sino que pueden extenderse también a la utilidad que se deriva para el trabajador de la reputación que obtiene por el cumplimiento de normas sociales en su entorno favorables a la afiliación.
e) El sindicato facilita y fortalece la participación femenina en este tipo de organizaciones, como asimismo de los jóvenes e inmigrantes.
f) El reconocimiento de los derechos sindicales de organización y negociación, en las instancias de discusión con los empleadores.
g) Servir de alianza para generar un dialogo permanente entre trabajadores, empleadores y Estado.

V- Contenido del Proyecto.

El presente proyecto, en primer término agrega expresamente los principios de la OIT en torno al respeto al derecho a la sindicalización. Luego, establece un sistema de sindicalización automática. Se debe hacer presente que esta moción deja a salvo el derecho de libertad de asociación, ya que el sistema de sindicalización automática constituye un factor que potencia favorablemente la participación de los trabajadores en las decisiones que los sindicatos adopten, en especial, con aquellas que se relacionan directamente con sus condiciones laborales. Por otra parte, un proyecto como el que planteamos no contradice ni pugna el derecho a la libre asociación, ya que se deja expresamente consagrado el que los trabajadores pueden expresar su voluntad en contrario a la afiliación a un sindicato y puede, posteriormente, desafiliarse, en cualquier momento y sin expresión de causa del sindicato al cual, por el sólo ministerio de la ley, pertenecerán al dar inicio a su relación laboral. Finalmente, desde otra perspectiva, nos parece que una norma como la que planteamos, constituye una ayuda para el trabajador que, por temor muchas veces, falta de información o simple falta de tiempo, no se sindicaliza. Es al mismo tiempo una señal potente del Estado de Chile en torno a fomentar la sindicalización, en cumplimiento además, de las directivas internacionales propicias por la Organización Internacional del Trabajo.

Por Tanto, En virtud de las consideraciones expuestas, de lo previsto en el artículo 65 de la Constitución Política de la República de Chile, lo expuesto en el artículo 12 de la ley Nº 18.918 en concordancia con el Reglamento Interno de la Honorable Cámara de Diputados los diputados que suscriben vienen en presentar el siguiente proyecto de reforma constitucional:

Proyecto de Reforma Constitucional.

Artículo único: Agréganse los siguientes nuevos incisos segundo, tercero, cuarto y quinto al artículo 19 Nº 19 de la Constitución Política, pasando los actuales incisos segundo y tercero a ser el sexto y séptimo respectivamente.

“Todo trabajador deberá gozar de una adecuada protección contra todo acto de discriminación tendiente a menoscabar la libertad sindical. Por el hecho de ser contratado, todo trabajador, salvo expresión de su voluntad en contrario, pasará a integrar, por el sólo ministerio de la ley, el sindicato de la empresa, si lo hubiere. Si son varios los sindicatos y el trabajador no manifestare su voluntad en cuanto a decidir a cual de ellos se afilia, pasará a formar parte del más antiguo. Un trabajador no puede pertenecer a más de un sindicato simultáneamente en función de un mismo empleo. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, un trabajador podrá, en cualquier momento y sin expresión de causa, desafiliarse de la organización sindical que integra.”

Trabajadores Sindicalizados de Ahumada Recurren a Disposición Legal para Terminar Conflicto.


Ante la negativa de la empresa en ceder en lo más mínimo en su postura y frente a los ya escasos recursos de los que disponían los trabajadores sindicalizados decidieron poner término a la huelga acogiéndose al artículo 369 del código laboral, lo que les permitirá mantener sus contratos actuales y negociar en 18 meses más, época donde la experiencia adquirida en esta oportunidad les servirá para realizar movilizaciones más ambiciosas y de carácter nacional lo que en definitiva les permitirá poseer el poder emanado de ellos mismos lo que les permitirá de una manera contundente doblegar a este empresario tacaño.

Ahora estaremos atentos a los despidos que Farmacias Ahumada pudiese aplicar, ante lo cual se deben realizar las sendas denuncias en los tribunales laborales por prácticas antisindicales, no olvidar que en marzo próximo comienza la reforma a esta rama de la justicia lo que sin lugar a dudas acelerará las demandas allí procesadas.

Publicado en Tribuna del Bío Bío

Por 17 días se ha prolongado la huelga legal del Sindicato de Farmacias Ahumada de la Región del Bío Bío. Fue un período intenso y fuerte para esta organización, que es el primer sindicato de regiones de FASA. Finalmente, al no haber acuerdo con la empresa, se optó por acogerse a una cláusula del Código del Trabajo, que les permitirá volver a negociar en 18 meses más.

Tras 17 días de huelga, el Sindicato de Trabajadores de Farmacias Ahumada Región del Bío Bío decidió poner término al conflicto acogiéndose a una disposición del Código del Trabajo mediante la cual, si no hay acuerdo entre las partes, se rechaza la última oferta de la empresa y se mantienen los beneficios de la negociación anterior.

A través de esta fórmula, los 105 trabajadores sindicalizados de FASA en la región, evitaron que la empresa les impusiera un plazo de 37 meses de vigencia del convenio colectivo, mientras que ellos pedían 28. Ahora, la ley les permite volver a negociar en 18 meses más, para lo cual ya se están preparando.

Víctor Medina, secretario del sindicato destacó el espíritu de unidad que ha reinado en el sindicato durante el conflicto, pese a tratarse de una organización nueva pues se constituyó en septiembre del año pasado a la que le correspondió enfrentar una dura negociación con su empleador.

Dijo que si bien no consiguieron que la empresa acogiera sus demandas en cuanto a aumentar de 23 mil a 50 mil pesos mensuales el sueldo base, sí sienten que salieron fortalecidos, ya que aprendieron de la experiencia.

Asimismo comentó que el cumplirse el 15avo día de huelga –el viernes pasado- apenas dos o tres trabajadores decidieron retomar sus labores, manteniéndose el grueso en la huelga.

Contaron también con apoyo de otras organizaciones sindicales, de parlamentarios, autoridades de gobierno y muchos clientes de Farmacias Ahumada que les expresaron su respaldo y solidaridad.

Respecto a la posibilidad de que se produzcan despidos una vez reintegrados a sus trabajos, el dirigente dijo que esperan que eso no suceda y así se lo hicieron ver a la empresa. “No tendría por qué ocurrir eso, son los mismos buenos trabajadores de antes de la huelga. En todo caso, como sindicato vamos a defender a muerte a nuestros socios si algo así llega a pasar”, aseguró Medina.

Los trabajadores debían retomar sus labores normales este lunes.

Concepción, 5 de enero de 2007.-

viernes, 4 de enero de 2008

Lunes 7 de Enero Huelguistas de Farmacias Ahumada Arriban a Santiago.


A Apoyar Manifestaciones de Compañeros de Farmacias Ahumada de la Octava Región.

Lamentablemente nuestra sociedad se encuentra alienada e influenciada por medios de comunicación que son verdaderos lacayos del poder económico, debido a ellos son los que finalmente financian todos sus proyectos y billeteras a cambio de publicidad.

Programas de farándula y telenovelas inundan la parrilla programática de la tv abierta aletargando de esta manera las mentes de los televidentes.

En cuanto al deporte sólo se habla de futbol.

Si a esto le sumamos una educación pública deplorable, dónde ni siquiera los pedagogos quieren ser sometidos a una evaluación muy difícil se vislumbra un velo de mejora en el sector.

El interés por la lectura es muy bajo y se limita mayoritariamente a novelas de poca monta tipo best seller, el deseo de aprender, informarse, documentarse, culturizarse a través de medios convencionales y no tradicionales, por tanto, alejados del yugo mercantil, la falta de interés por aprender de nuestras raíces, más aún, existiendo gente que se burla de la cosmovisión de etnias autóctonas que contaban con conocimientos ancestrales sin contar en su época con ningún avance tecnológico como los que disponemos actualmente (me refiero a ti Reposiano).

El interés por la política ya no existe, craso error, porque es la política la que en definitiva a través de diversos mecanismos nos ayuda a construir un mundo más justo y más digno y a modelar una mejor sociedad. Que es lo que nos diferencia de los animales? La Política. Somos animales políticos (Ominami). Y todo por culpa de unos pinganillas anclados en viejos partidos políticos que a nadie representan, que sólo han usufructuado del poder y han hecho de la política una forma de autoservicio olvidándose de sus nobles ideales.

En fin, por algo será que ningún medio informe siquiera un pequeño titular de la Huelga que en estos momentos están sosteniendo 105 hermanos trabajadores de Farmacias Ahumada en la Octava Región, quienes el próximo domingo inician un largo viaje a Santiago para llegar a primera hora del día lunes 7 de Enero e iniciar inmediatamente manifestaciones frente a las dependencias de Farmacias Ahumada ubicadas en Miraflores N° 383, para posteriormente dirigirse a la Moneda y a diferentes puntos de relevancia en nuestra capital para de esta manera sensibilizar a la ciudadanía y para que se enteren de la calaña de Farmacia en la que Chile confiaba.

Violencia e intereses en conflicto mapuche

Constantemente hemos visto incidentes en la provincia de Arauco relacionados con el conflicto mapuche. Unos mas significativos que otros, pero sea como sea el suceso, vemos en el cuarto poder (prensa, televisión, radios, periódicos) la constante retórica que nos lleva a enjuiciar el suceso como “malo”. Pero ¿de que manera? No vemos al policía como un sujeto que participó de la violencia ejercida en un enfrentamiento sino, por el contrario, nos hacen caer en la visión negativa presentando al indígena como un sujeto perverso, flojo o “incivilizado”. Esto se puede explicar porque estamos acostumbrados a ver a la institución policíaca como una institución “buena”, pues siempre se nos muestra, en los medios de comunicación “tradicionales” como una institución que nos “ayuda”. Es por lo mismo que no nos enteramos de la otra visión de los hechos.


Quiero mencionar que dentro de la sociedad mapuche no todos los Mapuche están a favor de una Nación mapuche, pues hay varios que por un proceso que abarca 500 años aproximadamente, se han ido “chilenizando”, demostrando con esto que el Estado ha intentado separar aquel pueblo. De hecho, el mismo periodo erróneamente denominado “Pacificación de la Araucanía” tuvo ese fin, “chilenizar” a los mapuches y obtener su territorio. Si hacemos una lectura más antigua de la historia llegaremos al periodo independentista en que los criollos chilenos que venían con todas estas ideas de independencia no respetaron los acuerdos emanados en el período colonial.


Por lo mismo deben existir personas que no estén de acuerdo dentro del movimiento de reivindicación mapuche. Tras 500 años de lucha en el cual han tratado constantemente de dividirlos, existen varios que se han “chilenizado”, pues el Estado chileno y por sobre todo la prensa masiva y tradicional (El Mercurio, La Tercera, Megavisión, etc.) difunden a través de diversas formas la idea de que el Mapuche que vive en sus tierras en las zonas rurales de la VIII, IX y X regiones es conflictivo, flojo, borracho y que su pelea es innecesaria, y por el contrario, nos inculcan que el Mapuche que vive en la ciudad, que se ha “chilenizado”, es el “buen Mapuche”.
Por otra parte existen dentro del pueblo mapuche sectores que están a favor de la reivindicación de su identidad como “pueblo”, de poder tener el mentado derecho a la autodeterminación. Muchos hablaran de “independencia”, y ¿por qué no?, es su tierra, es su decisión. Pienso que debe ser así. Tal como se dice “Chile para los Chilenos”, puede ser “Tierra mapuche para los Mapuche”.




La violencia sucedida en la zona no es un tema que todos compartan, muchos no están de acuerdo en que la violencia sea un buen camino, pero cualquiera con un mínimo de conocimientos básicos de historia puede darse cuenta que los cambios que se logran en el mundo son luego de un periodo de crisis profunda.

Esta crisis general tiene varias víctimas pues ni siquiera es una pelea equiparada; no es comparable una piedra y una voleadora, o un palo frente a un chaleco antibalas y a un arma de fuego. Ha sido constantemente nombrado el caso de Alex Lemün en medios contra-informativos, sin embargo jamás se ha vuelto a hablar sobre este caso en medios más tradicionales, por eso siempre es bueno recordar: el 7 de noviembre del 2002 el comunero mapuche Alex Lemün de tan solo 17 años recibía un perdigón de plomo en la cabeza disparado desde una escopeta calibre 12 por Marcos Treurer, Mayor de carabineros a cargo del operativo. Treurer fue sometido a proceso en el juzgado de Angol donde el fallo determinó que era culpable pero la Corte Marcial revocó el caso y le dio la impunidad máxima al Mayor de carabineros acusando que el arma fue usada en defensa propia, cuestión negada al principio del caso.

Este caso llegó mas allá de nuestras fronteras, ya que, la familia Lemün Saavedra, al no encontrar soluciones dentro del territorio nacional recurrió a organismos internacionales como Amnistía Internacional quienes enviaron una carta al ministro de justicia de ese entonces Sr. José Antonio Gómez Urrutia, durante la presidencia de Ricardo Lagos, señalando que querían un informe del caso y esperaban que se retomara. La familia también informó del suceso a la 60° sesión de la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas, por medio de una carta informando de los hechos ocurridos y de su interés de conversar con el Presidente de la Republica de esa época, Ricardo Lagos Escobar:

“…Mi comunidad y mi familia ha tenido interés en trasmitir al gobierno y a los tribunales nuestro deseo de percibir un camino de justicia. Con este afán hemos pedido en reiteradas oportunidades audiencia con el presidente de la republica señor Ricardo Lagos, porque hemos visto que con otras familias chilenas que viven situaciones similares de dolor, ha tenido una abierta disposición y atención con ellos, sin embargo, con nosotros, no se ha visto la misma voluntad…”

El caso de Alex Lemün no a tenido avances notorios y la toma de terrenos ha continuado, como también ha continuado la represión policial en las zonas en las que se encuentran las comunidades, como es el caso del lago Lleu Lleu, extremadamente militarizada; tras cada gran conflicto el número de prisioneros políticos crece, enjuiciados bajo el concepto de “ley antiterrorista”, ley propia de Estados represivos. Estos luchadores de su Pueblo son metidos en prisiones por exigir un terreno que es de ellos, recordemos que la semana recién pasada casi aumenta el numero si no es por que la fiscalía de Cañete no pudo probar la participación del Lonco Ivan Llanquileo de Rucañanco en los cargos que se le imputaban. Sin embargo es muy poco recurrente que este suceso salga en televisión o en algún otro medio; de hecho, las huelgas de hambre realizadas por prisioneros políticos no son recurrentes en los medios masivos.

El año 1974 es el año clave de esta travesía, es el año que la dictadura militar de Augusto Pinochet, a través del Decreto Ley 701 subsidia con recursos y tierras el arribo de la industria forestal al territorio mapuche.

Muchos dicen que con esto hubo un gran avance de la economía nacional, una estabilidad lograda con el despojo mapuche de sus tierras, lo cual por supuesto no comparto. Esta “estabilidad” continúa hoy con los distintos gobiernos “democráticos” que desfilan en La Moneda. De hecho aun están los mismos grupos económicos en esas zonas, uno de ellos calificados por la revista Forbes como unas de las personas más ricas del mundo, el ya fallecido italiano Anacleto Angelini Fabbri, quien controlaba Forestal Bosques Arauco y Eliodoro Matte quien encabeza la Forestal Mininco.


Como podemos ver, ambos grupos poseen las mayores riquezas de Chile y poseen empresas forestales en el territorio mapuche.

Entendiendo que el sector forestal es uno de los principales generadores de riquezas dentro de Chile, para si mismo claro está; se vuelve obvia la presencia de empresas chilenas en sectores mapuche. Y es el mismo interés de siempre, según el Estado, perpetuar el progreso, acrecentar el PIB a costa de la explotación de territorios indígenas. Pero el Estado olvida algo: no importa el progreso que tenga, sino la calidad de ese progreso. La asquerosa distribución de la riqueza, los indecentes niveles de pobreza (por que nadie con dos dedos de frente puede creer los indicadores que entrega el gobierno) y los altos niveles de cesantía lo confirman.

Concluyendo, solo puedo decir que el conflicto continuará mientras esto no se hable, mientras existan debates racistas e intolerantes y donde se siga preguntando ¿Qué mierda quieren los mapuches?


El Estado chileno tiende a anexar “por la razón o la fuerza” a distintos grupos étnicos con el fin de perpetuarse. Lo mejor es estar informado, debatir con alturas de mira, sin racismo. Insisto: es por la vía del etnocidio que se renuncia a la fortaleza de la diversidad de las raíces nacionales. El trato que reciban los Mapuche será el que recibirán todos los chilenos.

Esperemos que el caso de Matías Catrileo Quezada, de 23 años, quien resultó muerto después de enfrentamientos entre la policía y comuneros en el fundo Santa Margarita, en la localidad de Vilcún, se determine que carabineros sobrepasó la ley y se castigue al o los criminales de nuestra pilicía uniformada.

Fuente: Mauricio Muñoz Díaz, Blog del autor: http://gritosdelatierra.blogspot.com

Educación Laboral: La Sala Cuna

Las siguientes y otras interrogantes:


¿Es obligación del empleador pagar la sala cuna que utiliza la trabajadora y que no corresponde a la que él designó?

¿Cuáles son las formas en que un empleador puede cumplir con la obligación de proporcionar el beneficio de sala cuna?

¿Se encuentra el empleador en la obligación de proporcionar el beneficio de sala cuna los días sábado, domingo o festivos o en horario nocturno, si la trabajadora por contrato debe laborar en tales días?

¿Puede convenirse el otorgamiento de un bono compensatorio de sala cuna cuando la trabajadora labora en circunstancias muy especiales y no sea posible proporcionar el beneficio?

¿La trabajadora tiene derecho a utilizar la sala cuna cuando se encuentra gozando de feriado o licencia médica?


Se responden en: Sala Cuna



miércoles, 2 de enero de 2008

Justicia Condena a Supermercado Líder por Prácticas Antisindicales.


Publicado en Crónica Digital

La Cuarta Sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de San Miguel que condenó a Hipermercados Gran Avenida Limitada, una de los 38 RUT del Supermercado, al pago de una multa de 100 Unidades Tributarias Mensuales ($3.496.300).

Por unanimidad, los Ministros Marcos Libedinsky, Urbano Marín, Patricio Valdés y los abogados integrantes Roberto Jacob y Ricardo Peralta ratificaron lo resuelto por el tribunal de alzada en torno a que "la denunciada ha incurrido en las conductas antisindicales denunciadas, al facilitar la renuncia de trabajadores al sindicato de la empresa, prefiriendo para los ascensos a trabajadores no afiliados a este".

La denuncia de la Dirección del Trabajo como la empresa de Nicolás Ibáñez

La Inspección del Trabajo denunció a la filial de Líder por realizar actos que habrían atentado contra la libertad sindical. Para ello el organismo fiscalizador sostuvo que se pudo comprobar que una de las filiales del grupo Ibáñez (D&S) elaboraron documentos que facilitaron la desafiliación del sindicato, se ofrecieron beneficios a trabajadores condicionados a no pertenecer al sindicato y se produjeron despidos a quienes se afiliaron al sindicato o permanecieron en este. Todo ello con el objeto de quebrar el Sindicato.

Asimismo, acusó que la empresa habría tenido alguna injerencia en la redacción de cartas de renuncia al sindicato, por la similitud de estas.

En respuesta a las acusaciones, la empresa negó las presiones ejercidas señalando que "se optó y decidió por la empresa que a ninguno de los trabajadores que negociaba colectivamente se debía cambiar su jornada, cambiar de sección, cambiar su remuneración, otorgarle algún premio, etc."

Al referirse al formato de las cartas renuncias al sindicato dijo que estas fueron extendidas por los trabajadores ante notario, y confeccionadas por estos, ya que intervino más de uno, pero la acción antes descrita se realizó durante el proceso de negociación colectiva, lo que provocó renuncias masivas de trabajadores al sindicato.

Modus Operandis de las empresas Líder para dividir a los trabajadores

Ya es conocido que las empresas de Nicolás Ibáñez han utilizado la creación de cientos de pequeñas empresas con el objeto de dividir la actividad gremial. Empresas Líder tiene en la actualidad más de 40 giros comerciales.

En el caso de Hipermercado Gran Avenida Ltda., la empresa realizó prácticas antisindicales durante el proceso de negociación colectiva donde obligaba a firmar, por separado, a los trabajadores por futuros beneficios laborales pero exigía la renuncia de los mismos a su organización sindical. El fallo elaborado por la Corte de Apelaciones de San Miguel y ratificado por la Suprema, se consignó este hecho ilícito.

Según consta en la resolución judicial antes de concluir el proceso de negociación colectiva y después de este, se produjeron renuncias masivas de trabajadores al sindicato. "En efecto, en el mes de diciembre a lo menos treinta y dos cartas de renuncias al sindicato, fueron extendidas de manera similar, de las cuales 18 de estas son casi idénticas en redacción, tipo de máquina y siglas, dos cartas de reponedores son idénticos, y otras dos son de evidente similitud", indica la sentencia.

Santiago de Chile, 2 de enero de 2008.

Educación Laboral: El Fuero Maternal

En nuestra primera entrega sobre Protección a la Maternidad encontrarás respuesta a preguntas como:

¿Cuánto dura el fuero maternal?

¿Puede el padre gozar del permiso de postnatal si su cónyuge fallece en el parto o durante el período posterior a éste?

¿Goza de fuero maternal la trabajadora que ingresa embarazada a una empresa suscribiendo por primera vez un contrato de trabajo?

¿Gozan de fuero maternal las trabajadoras de casa particular?

Pincha aquí: El Fuero Maternal



martes, 1 de enero de 2008

Se Mantiene Huelga Legal de Trabajadores Sindicalizados de Farmacias Ahumada.



Se inició el 2008 y los 105 trabajadores que el 21 de diciembre pasado dieron comienzo a su huelga legal en el marco del proceso de negociación colectiva, aún no vislumbran una solución para su conflicto ante las negativas de la empresa.

Se mantiene sin variaciones la huelga legal de los 105 trabajadores que pertenecen al Sindicato de Farmacias Ahumada Región del Bío Bío. Pese a los intentos de la directiva por alcanzar un acuerdo con la empresa, esto no ha sido posible.

Y lo que ahora frena la posibilidad de término de este conflicto es el plazo de vigencia del convenio colectivo. Mientras los trabajadores piden 28 meses, FASA sólo acepta 37.

Así las cosas, las negociaciones han quedado en un punto muerto, iniciándose el 2008 para este grupo de trabajadores sin claridad respecto de qué ocurrirá.

Por ahora el movimiento se ha mantenido firme Un grupo de trabajadores se ha estado instalando diariamente frente a las principales dependencias de Farmacia Ahumada, en pleno paseo peatonal de Concepción, y si bien no han obstaculizado el ingreso de clientes al recinto, éste se ha visto mermado en las horas en que los huelguistas permanecen en el lugar.

Su principal demanda apuntaba al sueldo base, pues quienes trabajan en venta directa al público sólo perciben un sueldo base de 23 mil pesos, llegando a igualar el ingreso mínimo con la suma de las comisiones que perciben por venta. Su aspiración era incrementar el sueldo base a 50 mil pesos, pero la empresa no aceptó. En vez de eso, ofreció hacer más transparente y claro el sistema de comisiones, para que trabajador sepa exactamente cuál es la comisión que percibirá por la venta de determinado producto. Su otra oferta fue aumentar el bono de locomoción de 700 pesos a 760 pesos.

Los trabajadores sindicalizados han realizado una serie de gestiones para conseguir mayor sensibilidad por parte de los gerentes, pero hasta ahora no han logrado mucho.

Durante una de sus movilizaciones, reunieron firmas de apoyo entre los transeúntes con la idea de hacerlas llegar a gerencia.

Esta semana es bastante crucial pues el viernes 4 se cumplen 15 días de huelga, momento en que el trabajador que así lo estime puede aceptar la última oferta de la empresa y descolgarse del movimiento. Los dirigentes aseguran que el ánimo está firme, aunque reconocen que la falta del sueldo mensual puede hacer mella y complicarles el panorama.

Concepción, 1 de enero de 2008.-